Instalaciones eléctricas temporales en eventos: qué exige la normativa
La electricidad es la parte del evento que no se ve y la que más responsabilidad concentra. Un escenario, una carpa o una feria montan una instalación eléctrica temporal en toda regla, con sus cuadros, sus protecciones y su reparto de potencia, y esa instalación tiene que cumplir la normativa igual que la de un edificio.
Qué dice la normativa
Las instalaciones temporales de ferias, stands y eventos están reguladas por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus instrucciones técnicas, que fijan cómo deben ejecutarse y qué documentación necesitan antes de ponerse en marcha.
Quién puede legalizarla
La ejecución y la legalización corresponden a una empresa instaladora habilitada. RSM Producciones es empresa instaladora autorizada en baja tensión, con el número RITC 15807 para los tipos A a F y el registro IBTB 10-B-B00-46088680 para las categorías E1 a E5, E8 y E9, y cuenta con ingeniero en plantilla, de modo que el evento se monta y se documenta desde la misma casa.
Qué gana el organizador
Trabajar con una instaladora autorizada convierte la electricidad del evento en un asunto resuelto, ya que el mismo equipo que dimensiona el sonido y la iluminación calcula la potencia, monta la distribución eléctrica con cuadros y mangueras propios y responde de la documentación. Se evita el punto ciego típico, que es descubrir a última hora que el recinto pide papeles que nadie ha tramitado.
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Si tu evento necesita potencia, dinos qué vas a montar y dónde, y te decimos qué instalación necesita y qué documentación la acompaña.